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Ley Vigente

Artículo 13. Convocatoria del Pleno.

Artículo 13 de la Ley 8/2012, de 17 de mayo, del Consejo Económico y Social Vasco/Euskadiko Ekonomia eta Gizarte Arazoetarako Batzordea. · BOE-A-2012-7443

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2012-05-25.

Texto consolidado

1. La convocatoria para las reuniones del Pleno se notificará a sus miembros con una antelación mínima de cinco días hábiles, cuando se trate de sesiones ordinarias, y de cuarenta y ocho horas en el caso de las extraordinarias. La convocatoria contendrá el orden del día.

2. La información sobre los temas que figuren en el orden del día estará a disposición de los miembros en igual plazo.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2012-05-25.

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