Artículo 14. Causa especial de disolución.
Artículo 14 de la Ley 8/2006, de 23 diciembre, de Sociedades Cooperativas Especiales de Extremadura. · BOE-A-2007-1724
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-01-19.
Texto consolidado
La sociedad cooperativa especial se disolverá, además de por las causas comunes al resto de sociedades cooperativas extremeñas, por la infracción de los límites establecidos en los artículos 5 y 10, apartado uno, de esta Ley, durante más de un año, salvo que modifique sus estatutos sociales para convertirse en sociedad cooperativa ordinaria o se transforme en otro tipo de sociedad.