Artículo 14. Autorización de los costes de personal de la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED).
Artículo 14 de la Ley 61/2003, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2004. · BOE-A-2003-23935
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2004-01-01.
Texto consolidado
Al amparo de lo dispuesto en la disposición adicional primera de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, se autorizan los costes de personal docente (funcionario y contratado) y del personal de administración y servicios (funcionario y laboral fijo) de la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED) para el año 2004 y por los importes consignados en el anexo VI de esta ley.
Más artículos de Ley 61/2003
- ← Artículo 13. Módulo económico de distribución de fondos públicos para sostenimiento de centros concertados.
- → Artículo 15. Competencias específicas en materia de transferencias de crédito en los Presupuestos del Instituto Nacio…
- Ver la norma completa: Ley 61/2003, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2004.