Artículo 14. Participación en programas de la Junta de Extremadura relacionados con el empleo.
Artículo 14 de la Ley 6/2009, de 17 de diciembre, del Estatuto de los extremeños en el exterior. · BOE-A-2010-597
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2009-12-22.
Texto consolidado
Los extremeños en el exterior tienen derecho a la participación en programas de empleo de la Junta de Extremadura, así como a conocer las ofertas de empleo que gestione su servicio público de empleo y a acceder a las mismas en condiciones de igualdad con respecto a los ciudadanos residentes en Extremadura, siempre que cumplan con los restantes requisitos establecidos en los mismos.