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Ley Derogada

Artículo 14. La dirección.

Artículo 14 de la Ley 6/2007, de 11 de mayo, de Medidas urgentes en materia de ordenación del territorio y del litoral de Galicia. · BOE-A-2007-11325

Atención: Ley 6/2007 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. La Directora o Director del Instituto de Estudios del Territorio será nombrado por decreto de la Xunta de Galicia, a propuesta del Consejero o Consejera competente en materia de urbanismo y ordenación del territorio.

2. Corresponde a la Directora o Director del Instituto de Estudios del Territorio:

a) La representación ordinaria del Instituto.

b) La dirección e impulso de la actividad del Instituto.

c) La ejecución de los acuerdos del Consejo Rector.

d) La gestión económica del Instituto.

e) La dirección de los servicios administrativos y la Jefatura del Personal del Instituto.

f) El ejercicio de las competencias que, correspondiendo al Instituto de Estudios del Territorio, no se encuentren atribuidas legal o reglamentariamente a otro órgano del mismo.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2007-05-17.

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