Artículo 14. Premios y reconocimientos.
Artículo 14 de la Ley 5/2024, de 13 de noviembre, del Estatuto de las Mujeres Rurales y del Mar de Andalucía. · BOE-A-2024-25455
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2024-11-23.
Texto consolidado
1. Se crea el premio «Mujer Rural, de la Agricultura, la Ganadería, la Alimentación y del Mar», como distinción a otorgar a aquellas mujeres que hayan destacado por su trabajo, actividad o méritos en el campo profesional, técnico, empresarial, comercial o investigador en la agricultura, ganadería, pesca, industria agroalimentaria y desarrollo rural en Andalucía.
2. Las modalidades y el procedimiento de concesión del premio serán objeto de desarrollo reglamentario.
3. Cualquier actividad de comunicación y difusión relacionada con el reconocimiento y visibilización del trabajo de las mujeres deberá cumplir lo establecido en el artículo 13.