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Ley Vigente

Artículo 14. Régimen por la normativa andaluza en Derecho Público.

Artículo 14 de la Ley 5/2002, de 16 de diciembre, de Parejas de Hecho. · BOE-A-2003-771

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2002-12-29.

Texto consolidado

Las parejas de hecho serán consideradas como unidades de convivencia familiar respecto a la normativa andaluza en Derecho Público que la Administración de la Junta de Andalucía pueda establecer a favor de la familia o de alguno de sus integrantes.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2002-12-29.

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