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Ley Derogada

Artículo 14. Órganos competentes.

Artículo 14 de la Ley 5/1998, de 23 de noviembre, relativa al uso en Andalucía de perros guía por personas con disfunciones visuales. · BOE-A-1999-351

Atención: Ley 5/1998 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Son órganos competentes para resolver el procedimiento sancionador e imponer las sanciones:

a) El Director general correspondiente de la Consejería que tenga atribuida la competencia por razón de la materia, en las infracciones leves y graves.

b) El titular de la Consejería competente por razón de la materia, en las infracciones muy graves.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1998-12-13.

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