Artículo 15. Prescripción de las infracciones.
Artículo 15 de la Ley 5/1998, de 23 de noviembre, relativa al uso en Andalucía de perros guía por personas con disfunciones visuales. · BOE-A-1999-351
Atención: Ley 5/1998 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Las infracciones administrativas establecidas en la presente Ley prescribirán:
a) Las leves, al mes de haber sido cometidas.
b) Las graves, a los seis meses de haber sido cometidas.
c) Las muy graves, al año de haber sido cometidas.