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Ley Vigente

Artículo 14. Evaluación y auditorías de seguridad viaria.

Artículo 14 de la Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de carreteras. · BOE-A-2015-10439

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-10-01.

Texto consolidado

1. Los estudios informativos de nuevas carreteras o modificaciones sustanciales de las existentes deberán incluir una evaluación del impacto de las infraestructuras viarias en la seguridad, conforme a las normas que reglamentariamente se establezcan.

2. Los anteproyectos y proyectos de nuevas carreteras o modificaciones sustanciales de las existentes deberán someterse a auditorías de seguridad viaria conforme a las normas que reglamentariamente se establezcan.

3. Las obras de nuevas carreteras o modificaciones sustanciales de las existentes deberán someterse a auditorías de seguridad viaria previamente a su puesta en servicio y en la fase inicial en servicio, conforme a las normas que reglamentariamente se establezcan.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2015-10-01.

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