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Ley Vigente

Articulo 14. Prohibición de recomendaciones sobre honorarios.

Articulo 14 de la Ley 2/1974, de 13 de febrero, sobre Colegios Profesionales. · BOE-A-1974-289

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2009-12-27.

Texto consolidado

Los Colegios Profesionales y sus organizaciones colegiales no podrán establecer baremos orientativos ni cualquier otra orientación, recomendación, directriz, norma o regla sobre honorarios profesionales, salvo lo establecido en la Disposición adicional cuarta.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2009-12-27.

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