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Ley Vigente

Artículo 14. Uso energético.

Artículo 14 de la Ley 1/1999, de 29 de enero, de residuos de Canarias. · BOE-A-1999-4414

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1999-05-05.

Texto consolidado

Para la utilización de los residuos como fuente de energía, podrán adoptarse las siguientes medidas:

a) La preparación de los residuos a fin de facilitar su uso y comercialización como combustible.

b) La promoción de las técnicas y los sistemas de aprovechamiento energético de los residuos.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1999-05-05.

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