Artículo 14.
Artículo 14 de la Ley 1/1990, de 26 de abril, de Coordinación de Policías Locales de Extremadura. · BOE-A-1990-28241
Atención: Ley 1/1990 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
El ingreso en la Policía Local se efectuará por el sistema de oposición libre para la categoría de Policía o Guardia, y el de concurso-oposición para el resto de las categorías de la Escala Ejecutiva así como para el ingreso en la Escala Técnica o de Mando, acreditando la titulación académica adecuada y superando las pruebas selectivas que se establezcan y un curso de formación en la Academia de Seguridad Pública de Extremadura.