Artículo 14. Obligaciones de los beneficiarios.
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-06-16.
Texto consolidado
Las empresas beneficiarias asumirán con carácter general las obligaciones previstas en el artículo 13 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y, además, las siguientes:
a. Habrán de continuar ejerciendo su actividad hasta, al menos, el 30 de junio de 2022.
b. Deberán destinar la ayuda conforme a lo establecido en el artículo 4 del presente Decreto-ley.
c. No podrán repartir dividendos durante los ejercicios 2021 y 2022.
d. No aprobar incrementos en las retribuciones de la alta dirección durante un periodo de dos años, a contar desde la fecha de concesión de la subvención.
Más artículos de Decreto-ley 5/2021
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- Ver la norma completa: Decreto-ley 5/2021, de 9 de junio, por el que se regulan y establecen ayudas directas a autónomos y empresas, financiadas por el Gobierno de España; se establecen las bases reguladoras de ayudas urgentes en el marco del desarrollo del plan corresponsables; se modifica el Decreto-ley 9/2020, de 8 de mayo, por el que se aprueba una subvención para refuerzo del sistema de garantías de Extremadura, se establecen ayudas financieras a autónomos y empresas, y se adoptan medidas en materia de espectáculos públicos y actividades recreativas y de patrimonio histórico y cultural, para afrontar los efectos negativos del COVID-19 y se modifica la Ley 3/2018, de 21 de febrero, de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Servicios de Extremadura.