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Decreto Legislativo Vigente

Artículo 14.13-3. Devengo

Artículo 14.13-3 del Decreto Legislativo 3/2008, de 25 de junio, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de tasas y precios públicos de la Generalidad de Cataluña. · DOGC-f-2008-90017

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-08-06.

Texto consolidado

La tasa se devenga mediante el certificado de inscripción en el Registro de agentes de la seguridad industrial de Cataluña de la empresa o del taller, o de la modificación de sus datos. Se exige el importe de la tasa en el momento en que se presenta la declaración responsable.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2014-08-06.

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