Artículo 14.13-4. Cuota
Artículo 14.13-4 del Decreto Legislativo 3/2008, de 25 de junio, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de tasas y precios públicos de la Generalidad de Cataluña. · DOGC-f-2008-90017
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-08-06.
Texto consolidado
La cuota de esta tasa, que debe liquidarse por cada una de las declaraciones responsables o de las modificaciones de datos que se tramiten, es la siguiente:
Declaraciones responsables de empresas de instalación, mantenimiento, reparación y operación de instalaciones y productos o de talleres de reparación de vehículos automóviles: 100 euros.
Declaraciones de modificación de datos de empresas de instalación, mantenimiento, reparación y operación de instalaciones y productos o de talleres de reparación de vehículos automóviles: 50 euros.
Estos importes pueden ser revisados anualmente, de acuerdo con los criterios establecidos por la Ley de presupuestos.