Artículo 137. Concepto y clasificación de infracciones.
Artículo 137 de la Ley 11/2019, de 25 de abril, de Patrimonio Cultural de Canarias. · BOE-A-2019-8707
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-06-13.
Texto consolidado
1. Son infracciones administrativas en materia de protección del patrimonio cultural las acciones y omisiones que supongan incumplimiento de las obligaciones establecidas en esta ley.
2. Las infracciones en materia de patrimonio cultural se clasifican en leves, graves y muy graves.