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Ley Vigente

Artículo 136. Medidas de fomento.

Artículo 136 de la Ley 4/2026, de 24 de marzo, de Patrimonio Cultural de Andalucía. · BOE-A-2026-9798

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2027-04-07.

Texto consolidado

1. La Administración de la Junta de Andalucía establecerá medidas de fomento para la conservación, investigación, documentación, recuperación, restauración, difusión y puesta en valor o uso del patrimonio cultural de Andalucía, de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias.

2. Las medidas de fomento podrán ser:

a) Inversión en patrimonio cultural.

b) Porcentaje de conservación de patrimonio arqueológico.

c) Pago de deudas con bienes culturales.

d) Beneficios fiscales.

e) Donaciones, cesiones y depósitos de bienes culturales.

f) Subvenciones y ayudas.

g) Patrocinio.

h) Cualesquiera otras que pudieran concederse con sujeción a la legislación vigente.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2027-04-07.

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