El Vínculo El Vínculo.
Real Decreto Vigente

Artículo 135. Suspensión de la ejecución.

Artículo 135 del Real Decreto 1482/2001, de 27 de diciembre, por el que se aprueban los Estatutos generales de los Colegios de Mediadores de Seguros Titulados y de su Consejo General. · BOE-A-2002-1370

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2002-01-25.

Texto consolidado

La interposición de cualquier recurso no suspenderá la ejecución de los acuerdos recurridos, salvo que la suspensión se acuerde conforme a lo dispuesto en los artículos 119, 120.2 y 123 de los presentes Estatutos, o sea adoptada judicialmente.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2002-01-25.

Más artículos de Real Decreto 1482/2001

En El Vínculo puedes leer Real Decreto 1482/2001 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.