Artículo 135. Jornada de trabajo, permisos y vacaciones del personal laboral.
Artículo 135 de la Ley 2/2023, de 15 de marzo, de Empleo Público. · BOE-A-2023-10348
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-04-25.
Texto consolidado
Para el régimen de jornada de trabajo, permisos y vacaciones del personal laboral se estará a lo establecido en la legislación básica, en la legislación laboral correspondiente, en los pactos y acuerdos en el ámbito de la Administración pública respectiva y en el convenio colectivo correspondiente.