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Ley Vigente

Artículo 134. Órganos de administración.

Artículo 134 de la Ley 8/2008, de 10 de julio, de salud de Galicia. · BOE-A-2008-14134

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2008-09-24.

Texto consolidado

1. Será presidente o presidenta del Instituto Gallego de Investigación Sanitaria la persona titular de la Consellería de Sanidad.

2 El Instituto Gallego de Investigación Sanitaria dispondrá de un consejo de dirección que será presidido por la persona titular de la Consellería de Sanidad o un alto cargo designado por ésta como director-gerente.

3. Tendrá los órganos directivos que reglamentariamente se determine.

4. En la conformación de sus órganos se procurará una composición paritaria de hombres y mujeres.

5. La estructura orgánica del Instituto Gallego de Investigación Sanitaria, tanto en su nivel central como periférico, se determinará reglamentariamente, atendiendo a los principios de eficacia, eficiencia, simplicidad, transparencia y cercanía. En todo caso, habrá de tenerse en cuenta la ordenación territorial del Sistema Público de Salud de Galicia vigente en cada momento.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2008-09-24.

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