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Ley Vigente

Artículo 132. Oficina de la bicicleta y movilidad activa.

Artículo 132 de la Ley 12/2018, de 23 de noviembre, de Transportes y Movilidad Sostenible. · BOE-A-2019-465

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-12-24.

Texto consolidado

La Oficina de la Bicicleta y Movilidad Activa, que se integra en el Consorcio de Transporte de Asturias, tiene como objetivos incrementar la cuota modal de la bicicleta en el Principado de Asturias y facilitar una actuación estratégica unitaria por parte de todos los agentes implicados en este proceso.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2018-12-24.

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