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Ley Vigente

Artículo 132. Extinción de la responsabilidad.

Artículo 132 de la Ley 11/2008, de 3 de diciembre, de pesca de Galicia. · BOE-A-2009-805

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2009-12-16.

Texto consolidado

La responsabilidad derivada de la comisión de infracciones en la presente ley se extinguirá:

a) Por el fallecimiento de la persona física sancionada.

b) Por el cumplimiento de la sanción impuesta.

c) Por la prescripción de la infracción.

d) Por la prescripción de la sanción.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2009-12-16.

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