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Ley Vigente

Artículo 131. Procedimiento sancionador.

Artículo 131 de la Ley 5/2011, de 30 de septiembre, del patrimonio de la Comunidad Autónoma de Galicia. · BOE-A-2011-17717

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-11-24.

Texto consolidado

En todo lo no previsto en el presente título, en la tramitación de los procedimientos sancionadores por las infracciones tipificadas en la presente ley se observarán los principios y el procedimiento establecido con carácter general en la normativa autonómica gallega sobre el ejercicio de la potestad sancionadora y, en su defecto, en la legislación general relativa a la materia.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2011-11-24.

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