Artículo 131. Simultaneidad de sanciones.
Artículo 131 de la Ley 2/2011, de 22 de marzo, del deporte y la actividad física de la Comunitat Valenciana. · BOE-A-2011-6874
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-03-25.
Texto consolidado
Las sanciones de multa, pérdida del partido, descuento de puntos en la clasificación, pérdida de categoría o división y prohibición de acceso a los estadios o recintos deportivos pueden imponerse simultáneamente a cualquier otra sanción.