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Ley Vigente

Artículo 130. Organización.

Artículo 130 de la Ley 4/2022, de 28 de junio, de consejos insulares. · BOE-A-2022-13847

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-08-07.

Texto consolidado

1. El Consejo Insular de Formentera establece su organización de acuerdo con las particularidades previstas en esta ley y en su reglamento orgánico.

2. Son órganos necesarios del Consejo Insular de Formentera el pleno, el presidente, el vicepresidente o vicepresidentes y la Junta de Gobierno.

3. La constitución del pleno y la elección del presidente se rigen por la legislación electoral y de régimen local, por esta ley y por el reglamento orgánico.

4. La Junta de Gobierno se constituye de acuerdo con la legislación de régimen local.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2022-08-07.

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