Artículo 130. Adscripción orgánica.
Artículo 130 de la Ley 4/2002, de 11 de abril, de Cooperativas de la Comunidad de Castilla y León. · BOE-A-2002-9331
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2002-05-16.
Texto consolidado
El Registro de Sociedades Cooperativas es un órgano administrativo único para la Comunidad Autónoma de Castilla y León, y está organizado en Secciones Provinciales y una Sección Central, sin perjuicio de que por razón de la materia existan otros controles registrales en atención a su clase y competencia.
El Registro queda adscrito a la Consejería competente en materia laboral, manteniendo sus actuaciones en coordinación y correspondencia con el Registro de Sociedades Cooperativas de la Administración Central, con los de otras Comunidades Autónomas y con el Registro Mercantil.