Artículo 13. Publicidad y anotación en la hoja de servicios.
Artículo 13 del Real Decreto 728/2017, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de adquisición y pérdida de la condición de guardia civil y de situaciones administrativas del personal de la Guardia Civil. · BOE-A-2017-9078
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2017-08-01.
Texto consolidado
1. Cualquier cambio de situación administrativa deberá ser publicado en el «Boletín Oficial del Ministerio de Defensa» y en el «Boletín Oficial de la Guardia Civil», excepto el pase a la situación de excedencia por razón de violencia de género y de ésta a cualquier otra.
2. Todo cambio de situación administrativa del guardia civil será reflejado en su hoja de servicios.
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