Artículo 13. Incumplimiento.
Artículo 13 del Real Decreto 6/2001, de 12 de enero, sobre fomento de la forestación de tierras agrícolas. · BOE-A-2001-942
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2001-01-14.
Texto consolidado
En los casos de incumplimiento de lo previsto en el presente Real Decreto, se estará a lo establecido en los artículos 9 y 10 del Reglamento (CEE) 3887/1992 y en los artículos 81 y 82 de la Ley General Presupuestaria, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1091/1988, de 23 de septiembre.