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Real Decreto Derogada

Artículo 13. Validez de la licencia.

Artículo 13 del Real Decreto 599/2016, de 5 de diciembre, por el que se regula la licencia de uso de la marca "Reservas de la Biosfera Españolas". · BOE-A-2016-12434

Atención: Real Decreto 599/2016 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. La licencia de uso de la marca será válida durante cuatro años, contados desde la fecha de la notificación de su concesión por el Organismo Autónomo Parques Nacionales

2. Conforme al artículo 14, antes de que transcurra el plazo de cuatro años, la licencia de uso podrá ser renovada y, en su caso, actualizada. Este proceso podrá repetirse indefinidamente.

3. La licencia dejará de estar en vigor cuando haya finalizado el plazo de vigencia y no hubiese sido renovada, cuando haya sido revocada o cuando le sea retirada la autorización de la marca propia de la correspondiente Reserva de la Biosfera, tal y como se estipule en su propio reglamento.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2016-12-29.

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