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Real Decreto Vigente

Artículo 13. Comisiones de servicio en representación o por delegación de cargo con clasificación en un grupo superior.

Artículo 13 del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio. · BOE-A-2002-10337

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2002-06-01.

Texto consolidado

Sin perjuicio de lo establecido en el apartado 3 del artículo 8 del presente Real Decreto, ningún comisionado podrá percibir dietas o pluses de grupo superior al que le corresponda, aunque realice el servicio por delegación o en representación de una autoridad o funcionario clasificado en grupo superior.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2002-06-01.

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