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Real Decreto Vigente

Artículo 13. Cooperación entre Estados miembros.

Artículo 13 del Real Decreto 363/2017, de 8 de abril, por el que se establece un marco para la ordenación del espacio marítimo. · BOE-A-2017-3950

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2017-04-12.

Texto consolidado

1. En el marco del proceso de ordenación y gestión, se cooperará con los Estados miembros de la Unión Europea cuyas aguas marinas sean contiguas a las españolas, con el fin de garantizar que los planes de ordenación del espacio marítimo sean coherentes y se coordinen en toda la región marina afectada. A efectos de esa cooperación se tendrán en cuenta, en particular, las cuestiones de carácter transnacional.

2. La cooperación mencionada en el apartado 1 se realizará a través de estructuras existentes de cooperación institucional, tales como convenios marinos regionales, redes o estructuras de autoridades competentes de los Estados miembros, o cualquier otro método que cumpla los requisitos del apartado 1, por ejemplo en el marco de estrategias de cuenca marítima.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2017-04-12.

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