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Real Decreto Vigente

Artículo 12. Seguimiento de los planes de ordenación del espacio marítimo.

Artículo 12 del Real Decreto 363/2017, de 8 de abril, por el que se establece un marco para la ordenación del espacio marítimo. · BOE-A-2017-3950

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2017-04-12.

Texto consolidado

Una vez aprobados los planes de ordenación del espacio marítimo, cada Departamento afectado, en el marco de sus competencias, elaborará anualmente un informe sobre la aplicación de dichos planes, que se remitirá a la Dirección General de Sostenibilidad de la Costa y del Mar. La Dirección General de Sostenibilidad de la Costa y del Mar evaluará el contenido de los informes y remitirá anualmente un análisis de los mismos a la Comisión Interministerial de Estrategias Marinas. La Comisión Interministerial de Estrategias Marinas velará por la aplicación y gestión coordinada de los planes de ordenación del espacio marítimo y sus actualizaciones.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2017-04-12.

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