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Real Decreto Derogada

Artículo 13. Objetivos medioambientales.

Artículo 13 del Real Decreto 285/2013, de 19 de abril, por el que se aprueba el Plan Hidrológico de la parte española de la Demarcación Hidrográfica del Miño-Sil. · BOE-A-2013-4209

Atención: Real Decreto 285/2013 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. Los objetivos medioambientales a alcanzar en las diferentes masas de agua de la Demarcación Hidrográfica del Miño-Sil son los que se definen en el anexo 5.

2. Cuando existan masas de agua muy afectadas por la actividad humana o sus condiciones naturales hagan inviable la consecución de los objetivos señalados o exijan un coste desproporcionado, el plan hidrológico de la parte española de la Demarcación Hidrográfica del Miño-Sil señalará objetivos medioambientales menos rigurosos de acuerdo con lo indicado en el anexo 5.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2013-04-21.

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