Artículo 13. Base para la cuantificación.
Artículo 13 del Real Decreto 1907/1995, de 24 de noviembre, por el que se regula la tramitación de las subvenciones estatales anuales y por gastos electorales a las formaciones políticas. · BOE-A-1995-26896
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1995-12-15.
Texto consolidado
La base para la cuantificación del anticipo, regulado en esta sección, estará constituida por las subvenciones percibidas por las respectivas formaciones políticas en las últimas elecciones equivalentes.
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