Artículo 13. Departamento de Política Económica.
Artículo 13 del Real Decreto 1689/2004, de 12 de julio, por el que se desarrolla la estructura orgánica de la Presidencia del Gobierno. · BOE-A-2004-12996
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2004-07-13.
Texto consolidado
1. El Departamento de Política Económica realizará estudios e informes sobre las políticas económicas de índole fiscal, presupuestaria, financiera y de empleo, así como de las relativas a las relaciones económicas internacionales.
2. Del Departamento de Política Económica depende la Subdirección General de Política Fiscal y Financiación Autonómica.