Artículo 13. Redes soporte del servicio GSM.
Artículo 13 del Real Decreto 1486/1994, de 1 de julio, por el que se aprueba el Reglamento técnico y de prestación del servicio de telecomunicación de valor añadido de telefonía móvil automática. · BOE-A-1994-16523
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1994-07-16.
Texto consolidado
La red soporte del servicio G.S.M. incluye los elementos técnicos del operador del servicio y las infraestructuras necesarias para la interconexión de estos elementos entre sí y hasta los puntos de interconexión con la red pública conmutada fija.
No se considerarán parte integrante de la red los equipos terminales móviles.