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Real Decreto Vigente

Artículo 13. Secretaría General.

Artículo 13 del Real Decreto 1186/2025, de 26 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto de la Oficina Española de Patentes y Marcas, O.A., y se modifica el Reglamento para la ejecución de la Ley 24/2015, de 24 de julio, de Patentes, aprobado por el Real Decreto 316/2017, de 31 de marzo. · BOE-A-2025-27007

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2025-12-31.

Texto consolidado

1. La Secretaría General es el órgano directivo de la OEPM que tiene a su cargo los servicios de carácter general y administrativo del Organismo.

2. Le corresponden, en particular, las siguientes funciones:

a) Elaborar la propuesta anual del presupuesto de ingresos y gastos, dirigir su ejecución y realizar su seguimiento.

b) Dirigir la gestión económica y financiera y la contratación administrativa. Coordinar y, en su caso, tramitar la actividad subvencional y de transferencias presupuestarias de financiación.

c) Gestionar y administrar los recursos humanos y ejercer de interlocutora con los órganos de representación del personal. Programar y ejecutar la formación del personal y las actuaciones para su correcto desenvolvimiento y desarrollo profesional. Ejercer las funciones que correspondan en materia de igualdad entre mujeres y hombres en el ámbito del organismo.

d) Gestionar la prevención de riesgos laborales.

e) Gestionar los servicios de atención al ciudadano, información y registro, archivo y biblioteca, depósito y publicaciones.

f) Gestionar los servicios de régimen interior, seguridad y mantenimiento de la sede y otras dependencias de la OEPM.

g) Gestionar, en lo que sea competencia de la OEPM, los asuntos relacionados con el Registro Especial de Agentes de la Propiedad Industrial y la comunicación con su Colegio Profesional.

h) Contribuir, dentro de su ámbito material de actuación, al cumplimiento de los fines y las funciones de la OEPM, realizando cuantas actuaciones administrativas, técnicas o jurídicas sean precisas, en el marco de lo que disponga la Dirección del organismo.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2025-12-31.

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