Artículo 13. Áreas básicas del Museo.
Artículo 13 del Real Decreto 1122/2024, de 5 de noviembre, por el que se crea el Museo Nacional de Artes Escénicas. · BOE-A-2024-22933
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2024-11-07.
Texto consolidado
Para el adecuado funcionamiento del Museo, las funciones y servicios del mismo se integran en las siguientes áreas básicas de trabajo dependientes de la Dirección del Museo:
a) Conservación e investigación.
b) Difusión.
c) Administración.
Estas áreas básicas cumplirán las funciones y objetivos especificados en el capítulo VI del Reglamento de Museos de Titularidad Estatal y del Sistema Español de Museos.