Artículo 13. Declaración de modificación y baja de instalaciones.
Artículo 13 del Real Decreto 1085/2009, de 3 de julio, por el que se aprueba el Reglamento sobre instalación y utilización de aparatos de rayos X con fines de diagnóstico médico. · BOE-A-2009-11932
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2009-07-19.
Texto consolidado
El cambio de los equipos o la incorporación de equipos, generadores o tubos adicionales, el cambio de ubicación de la instalación y la modificación en la disposición general de ésta, respecto de la declaración en vigor, exigirá un trámite de declaración y registro, referido a los aspectos alterados, análogo al establecido en el artículo anterior.