Artículo 13. Despliegue de puestos orgánicos de cabo mayor.
Artículo 13 de la Orden PRA/215/2018, de 1 de marzo, por la que se regulan las funciones, facultades y cometidos de los empleos de suboficial mayor y de cabo mayor de la Guardia Civil. · BOE-A-2018-3082
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2025-11-01.
Texto consolidado
De acuerdo a las funciones, facultades y cometidos que se asignan en esta orden, podrán existir puestos para el empleo de cabo mayor en las siguientes Unidades.
a) Unidades de los órganos centrales al mando de un coronel u oficial general.
b) Jefaturas de Zona, Zona/Comandancia y Comandancia.
c) Centros docentes.
d) Resto de unidades de entidad tipo Comandancia, Sector de Tráfico, o superior, así como aquellas otras en las que atendiendo a su entidad y al número de puestos orgánicos existentes, así se determine.
e) Compañías al mando de personal de empleo comandante.
f) Subsectores de Tráfico.
g) Compañías y Puestos Principales al mando de personal de empleo capitán.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2025-21922.
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