Artículo 13. Denuncia del convenio.
Artículo 13 de la Orden EDU/2503/2010, de 16 de septiembre, por la que se regulan los criterios y el procedimiento para la suscripción de convenios de colaboración con instituciones titulares de centros extranjeros previstos en el Real Decreto 1027/1993, de 25 de junio, por el que se regula la acción educativa en el exterior. · BOE-A-2010-14842
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-09-29.
Texto consolidado
El incumplimiento, por cualquiera de las partes firmantes, de alguno de los objetivos generales o de los requisitos previstos en esta orden podrá motivar la denuncia del convenio, con el consiguiente decaimiento de las obligaciones contraídas por el mismo.
Más artículos de Orden EDU/2503/2010
- ← Artículo 12. Suscripción del convenio.
- → Disposición transitoria primera. Objetivos, contenidos y criterios de evaluación de las enseñanzas españolas.
- Ver la norma completa: Orden EDU/2503/2010, de 16 de septiembre, por la que se regulan los criterios y el procedimiento para la suscripción de convenios de colaboración con instituciones titulares de centros extranjeros previstos en el Real Decreto 1027/1993, de 25 de junio, por el que se regula la acción educativa en el exterior.