Artículo 13. Jefatura de Personal.
Artículo 13 de la Orden de 29 de octubre de 2001 por la que se desarrolla la estructura orgánica de los servicios centrales de la Dirección General de la Guardia Civil. · BOE-A-2001-20623
Atención: BOE-A-2001-20623 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
1. La Jefatura de Personal, al mando de un Oficial General de la Guardia Civil en situación de servicio activo, es el órgano responsable de organizar, administrar y gestionar el personal de la Dirección General de la Guardia Civil, en particular en lo relativo al régimen de ascensos, destinos, situaciones administrativas y régimen disciplinario del Cuerpo de la Guardia Civil, así como la elaboración de las propuestas de aprobación o modificación de las plantillas, del catálogo y relación de puestos de trabajo.
2. De la Jefatura de Personal dependen los siguientes Servicios:
a) Servicio de Recursos Humanos. Tiene como cometidos la gestión de los asuntos relativos al régimen de personal perteneciente o destinado en la Dirección General de la Guardia Civil, en materia de destinos, ascensos, situaciones administrativas, trienios, condecoraciones y distintivos, así como la custodia y puesta al día de las documentaciones personales.
b) Servicio de Retribuciones. Tiene como cometidos la gestión, administración y control de las retribuciones del personal destinado o que presta sus servicios en la Dirección General de la Guardia Civil y la elaboración de las propuestas de modificación presupuestaria que afecten a esta materia.
c) Servicio de Régimen Disciplinario. Tiene como cometidos tramitar, informar y proponer los asuntos relativos al régimen disciplinario de la Guardia Civil, así como archivar y custodiar la documentación correspondiente.