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Ley Foral Vigente

Artículo 13. Actividad deportiva escolar.

Artículo 13 de la Ley Foral 15/2001, de 5 de julio, del Deporte de Navarra. · BOE-A-2001-15675

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2001-08-16.

Texto consolidado

1. Se considerará actividad deportiva en edad escolar, a los efectos de la presente Ley Foral, aquella actividad deportiva organizada, que es practicada por niños y jóvenes en edad escolar, en horario no lectivo.

2. Se entenderá por actividad deportiva escolar la realizada en centros docentes, públicos o privados, pertenecientes a los niveles de educación infantil, educación primaria, educación secundaria obligatoria, bachillerato y formación profesional, en horario no lectivo.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2001-08-16.

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