Artículo 13. Competencias del Presidente.
Artículo 13 de la Ley 9/1990, de 9 de noviembre, del Consejo Económico y Social de Aragón. · BOE-A-1990-28994
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1990-11-14.
Texto consolidado
Son funciones del Presidente:
a) Representar al Consejo.
b) Convocar y presidir las sesiones de éste y dirigir sus debates.
c) Elaborar el orden del día de las reuniones en el modo en que se establezca en el Reglamento interno de funcionamiento.
d) Las demás funciones que le encomiende el Reglamento del Consejo.