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Ley Vigente

Artículo 13. Sujetos pasivos.

Artículo 13 de la Ley 8/2009, de 22 de diciembre, por la que se regula el aprovechamiento eólico en Galicia y se crean el canon eólico y el Fondo de Compensación Ambiental. · BOE-A-2010-1708

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2009-12-30.

Texto consolidado

1. Son sujetos pasivos del canon en calidad de contribuyentes las personas físicas o jurídicas o entidades del artículo 35.4 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, general tributaria, que, bajo cualquier título, lleven a cabo la explotación de un parque eólico aunque no sean titulares de una autorización administrativa para su instalación.

Se presumirá, salvo prueba en contra, que la explotación de un parque eólico es realizada por la persona o entidad que figure como titular de la correspondiente autorización administrativa para su instalación.

2. Son sujetos del canon en calidad de responsables solidarios:

a) Las personas titulares de autorizaciones administrativas para la instalación de un parque eólico cuando quien lleve a cabo la explotación no coincida con el titular de la autorización.

b) Las personas titulares de los aerogeneradores cuando dicha titularidad no concurra en el titular de la explotación ni en el titular de la autorización administrativa.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2009-12-30.

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