El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente

Artículo 13. Modificación de la Tasa 27 por acreditación de laboratorios de ensayo para el control de calidad de la edificación.

Artículo 13 de la Ley 8/2007, de 29 de diciembre, de Medidas Tributarias de la Comunidad Autónoma de Aragón. · BOE-A-2008-3309

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2008-01-01.

Texto consolidado

Se modifica el artículo 116 del Texto Refundido de las Tasas de la Comunidad Autónoma de Aragón, con la siguiente redacción:

«Artículo 116. Tarifas.

La cuantía de la tasa se determina por la aplicación de las siguientes tarifas:

Tarifa 01. Por expediente de acreditación o renovación:

1. Ensayos básicos de una sola área: 562,74 euros.

2. Ensayos básicos de cada área adicional: 281,36 euros.

3. Ensayos complementarios por cada área: 225,09 euros.

Tarifa 02. Por seguimiento de la acreditación:

1. Ensayos básicos de una sola área: 281,36 euros.

2. Ensayos básicos de cada área adicional: 140,71 euros.

3. Ensayos complementarios por cada área: 168,82 euros.

Tarifa 03. Por la realización de segundas o ulteriores inspecciones, considerándose como tales las realizadas como consecuencia de reparos u objeciones en la primera inspección previa a la acreditación o en la primera anual de seguimiento:

1. Si la inspección se refiere a los ensayos básicos de una sola área: 180,07 euros.

2. Si la inspección se refiere a los ensayos básicos de cada área adicional: 90,04 euros.

3. Ensayos complementarios por cada área: 101,29 euros.»

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2008-01-01.

Más artículos de Ley 8/2007

En El Vínculo puedes leer Ley 8/2007 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.