Artículo 13. Organización interna de las Consejerías.
Artículo 13 de la Ley 7/2004, de 28 de diciembre, de organización y régimen jurídico de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. · BOE-A-2005-14443
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2005-01-19.
Texto consolidado
1. Bajo la superior autoridad del Consejero, cada Consejería se estructura en los siguientes órganos directivos:
La Secretaría General.
Las secretarías autonómicas, en su caso.
Las direcciones generales.
La Vicesecretaría.
2. Los consejeros podrán constituir un Consejo de Dirección del Departamento para mejorar la coordinación de las políticas y servicios propios del mismo, así como para el asesoramiento e informe en los asuntos que estime de interés. Forman parte de dicho Consejo todos los altos cargos de la Consejería y de los organismos públicos adscritos a la misma. Podrán, también, asistir a las reuniones los titulares de los demás órganos directivos y los funcionarios que, en cada caso, convoque el Consejero.
El Secretario General presidirá el Consejo de Dirección en los supuestos de ausencia, enfermedad del Consejero, o por delegación de éste.