Artículo 12. Las Consejerías.
Artículo 12 de la Ley 7/2004, de 28 de diciembre, de organización y régimen jurídico de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. · BOE-A-2005-14443
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2005-01-19.
Texto consolidado
1. La Administración General de la Comunidad Autónoma se organiza en consejerías o departamentos, al frente de los cuales habrá un Consejero, comprendiendo cada una de ellas uno o varios sectores de la actividad administrativa.
2. La determinación del número, la denominación y el ámbito de competencia respectivo de las Consejerías se establecen mediante decreto del Presidente de la Comunidad Autónoma.