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Ley Derogada

Artículo 13. Publicidad de las sanciones administrativas.

Artículo 13 de la Ley 4/1994, de 6 de junio, de Calendario de Horarios Comerciales. · BOE-A-1994-16292

Atención: Ley 4/1994 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

La autoridad que resuelva el expediente, podrá acordar la publicidad de las sanciones impuestas, cuando hayan adquirido firmeza en vía administrativa.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1994-06-16.

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