Artículo 13. Publicidad de las sanciones administrativas.
Artículo 13 de la Ley 4/1994, de 6 de junio, de Calendario de Horarios Comerciales. · BOE-A-1994-16292
Atención: Ley 4/1994 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
La autoridad que resuelva el expediente, podrá acordar la publicidad de las sanciones impuestas, cuando hayan adquirido firmeza en vía administrativa.